Tratados y convenios internacionales que regulan los principios éticos que deben regir el actuar del auditor gubernamental.
Palabras clave:
auditor gubernamental, ética pública, Entidades de Fiscalización SuperiorResumen
La ética en la función pública ha sido ampliamente estudiada durante los últimos años ante el preocupante incremento de los casos de corrupción en la función pública en los países latinoamericanos. Tradicionalmente se analizan los deberes éticos y la normativa aplicable en la función pública desde la perspectiva del funcionario público, del gestor público, mientras que a las Entidades de Fiscalización Superior y auditorías internas se las analiza desde su papel de órgano de control y fiscalizadores de la conducta ética de los gestores públicos.
No obstante, los auditores y demás funcionarios que ocupan estos cargos no sólo están obligados a cumplir con las demandas éticas aplicables en general a todos los funcionarios sino que dado su papel de garantes de la ética pública poseen demandas mayores y un régimen más exigente. De tal manera que este documento recopila los principales instrumentos técnicos y jurídicos que a nivel internacional se han preocupado especialmente por la conducta ética del auditor gubernamental, tales como la normativa técnica emitida por la Organización Internacional de las Entidades de Fiscalización Superior (INTOSAI), Instituto de Auditores Internos (IIA) y demás normas internacionales. Prosigue con un detalle de los principios éticos que son base fundamental para que el auditor gubernamental pueda desempeñar en forma adecuada su función: independencia, objetividad, integridad, confidencialidad o secreto profesional, competencia profesional y comportamiento profesional. Finaliza destacando la importancia del actuar ético de todo funcionario público, pero resaltando la mayor demanda de conducta intachable que recae en quienes desempeñan labores de auditoría en función de la investidura de integridad inherente al cargo.
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