Código de Ética
El Código de ética de la Revista Fidélitas(en adelante RF), es la declaración de los principios dentro de los cuales se encuadran las acciones de detección, regulación, normalización de las conductas de publicación científica que sean incompatibles con la ética y las buenas prácticas de investigación científica internacional, esto acarrea la aplicación de los principios de la la Declaración de Helsinki https://www.wma.net/es/policies-post/declaracion-de-helsinki-de-la-amm-principios-eticos-para-las-investigaciones-medicas-en-seres-humanos/
El presente Código está compuesto de seis capítulos que se desglosan a continuación.
Capítulo 1. Sobre la autoría y las contribuciones
Artículo 1. La RF, publicará manuscritos que deben ser originales e inéditos, y pueden abarcar tanto investigaciones básicas como aplicadas.
Artículo 2. La RF desestimará los manuscritos (en cualquier idioma), que ya han sido publicados previamente, de forma total o en parte. Tampoco se publicarán manuscritos que están en el proceso de análisis para su publicación en otra revista o sistema de publicación.
Artículo 3. Si un documento enviado a la RF llega a demostrarse que no cumplió con los requisitos legales, técnicos y éticos concordantes con las buenas prácticas internacionales y la legislación nacional, no serán recibidos y evaluados para publicación en la RF.
Artículo 4. En concordancia con el artículo anterior, todos los manuscritos que se envíen a la RF deben llenar las declaraciones de originalidad, cesión de derechos, apego y cumplimiento de las buenas prácticas de investigación y ética nacionales e internacionales.
Capítulo 2. Sobre el manejo de quejas y apelaciones.
Artículo 5. Los autores podrán enviar sus comentarios sobre los tiempos de publicación, consultas y otros requerimientos a la persona editora, esta instancia dará acuse de recibo y se definirá la respuesta administrativa correspondiente, en función de la oportunidad, capacidad instalada de la RF y la posibilidad de resolución efectiva de la solicitud. Siempre se deberá brindar alguna respuesta, ya sea positiva o negativa sobre lo solicitado.
Artículo 6. Los autores que hayan recibido una sanción por parte de la RF, ya sea sobre retractación (retiro o modificación de un artículo publicado) o llamada de atención ante alguna falta ética detectada, podrán elevar solicitud de apelación a la persona editora, y en alzada al Consejo Editorial de la RF. La resolución de este órgano no será apelable.
Capítulo 3. Conflictos de interés.
Artículo 7. Los editores, autores y revisores deberán consignar sus posibles conflictos de interés ante la revisión, emisión de opiniones y manejo de los manuscritos que sean sometidos a su análisis y estudio.
Artículo 8. Los autores y revisores, deberán estar dispuestos a emitir retractaciones o correcciones cuando sea necesario, previa demostración de lo que competa.
Capítulo 4. Sobre el acceso a la RF.
Artículo 9. La RF mantendrá una política de acceso abierto a todas sus ediciones.
Artículo 10. Las personas o instituciones que deseen ingresar a las ediciones de la RF podrán descargar, almacenar, imprimir, buscar, indexar y establecer enlaces a los textos de la RF, siempre y cuando citen las fuentes (respetando a sus autores) y se utilice sin fines comerciales. Se hará uso de la licencia Creative Commons (Atribución – No Comercial Sin Derivadas 3.0 Costa Rica).
Artículo 11. No se realizarán cobros a los autores para presentar sus artículos a la RF o para ser evaluados por la RF. Una vez publicado un artículo, los autores o autor podrán recuperar los archivos de la web de la RF y almacenarlos en sus páginas web, asociarlos a sus curriculum vitae o repositorios institucionales.
Capítulo 5. Vigilancia ética.
Artículo 12. Los manuscritos enviados a revisión en la RF deberán ser originales e inéditos.
Artículo 13. Se podrán utilizar programas informáticos para la detección de plagio en las publicaciones enviadas a la RF. Se considerará plagio la copia textual sin utilización de citas, el parafraseo sin citar las fuentes originales, el autoplagio de textos del autor en el manuscrito entregado a la RF sin las citas correspondientes, entre otros tipos de plagio.
Artículo 14. Se analizarán los artículos, por parte de la persona editora, con la supervisión del Consejo Editorial y la revisión de los pares u árbitros con suma exhaustividad. Para ello se cotejará la información, se inquirirá en la veracidad de esta, se solicitarán ampliaciones cuando existan dudas y se someterán los manuscritos a plataformas automatizadas de reconocimiento de plagio.
Artículo 15. Se solicitará que los manuscritos incluyan notas de exención de interés y cuando corresponda, se solicitará a los autores copias de las aprobaciones por los comités éticos científicos de sus instituciones, donde se conste el aval a su investigación.
Artículo 16. La RF se sostiene en los principios y jurisprudencia emanados de la Ley de Derechos de Autor N°6683 de la República de Costa Rica y se inspira en las buenas prácticas sobre ética de publicación e investigación vigentes a nivel internacional.
Artículo 17. Al identificar conductas de plagio en documentos enviados para publicación, la RF rechazará ad portas el manuscrito. Si se detecta que el artículo ya fue publicado en uno de los números de la RF o se encuentra en cualquier otro medio propio o externo a la RF o a la Universidad Fidélitas, se procederá a retractar dicho artículo, atendiendo lo establecido por las buenas prácticas internacionales en este tema.
Capítulo 6. Propiedad intelectual.
Artículo 18. Los trabajos publicados solo representan el punto de vista de su autoría y no el de la RF o el de la Universidad Fidélitas. Esto implica que los autores tendrán la completa responsabilidad ante cualquier inconveniente, como litigio o reclamación relacionada con derechos de propiedad intelectual u otras disputas derivadas del manuscrito publicado. Los autores exoneran de cualquier responsabilidad a la RF y a la Universidad Fidélitas.
Artículo 19. La RF podrá realizar post-producción de los textos enviados a publicación, los autores dentro de sus compromisos deberán firmar su anuencia para que sus manuscritos sean editados en forma, de acuerdo con los requerimientos y estilo editorial de la RF. En caso de que sean necesarios, una vez aceptado el artículo para publicación posterior a la revisión de pares, cambios de fondo, la persona editora le solicitará e indicará al o a los autores las modificaciones en un tiempo prudencial, luego de lo cual si el autor no emite las modificaciones se publicará con una nota de aclaración sobre la no modificación del texto por el autor.
Artículo 20. En caso de que un artículo no se haya podido corregir en la edición original, se agregará una fe de erratas en la edición posterior con las correcciones enviadas por los autores. Esto no cambiará la citación original con la que fue publicado el artículo.